Tiroteo en Plaza de Maipú: ¿pueden los carabineros disparar en un lugar concurrido?

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Conductor intentó evadir fiscalización y atropelló a carabinero. El resultado: disparos que dieron en el tórax del conductor y en el cráneo de una transeúnte.

«Verificar que no se ponga en riesgo integridad de terceros y priorizar disparos selectivos» es uno de los estándares internacionales de derechos humanos que justifican el empleo de armas de fuego en los casos de legítima defensa de policías.

Integridad de terceros y disparos selectivos… ¿fue considerado por carabineros quienes, al ver a su compañero atropellado, decidieron disparar siete veces en Pajaritos con 5 de abril?

Plaza de Maipú

Poco antes de las 4 pm del 7 de noviembre, un conductor de un colectivo ilegal, al percatarse de la presencia de carabineros y una inminente fiscalización, decidió huir atropellando a uno de ellos y metros más allá lanzó su vehículo a otros dos, quienes dispararon siete veces, resultando herido el conductor , Daniel Venegas Venegas, y una transeúnte, María Jacqueline Silva Rodríguez, según informó el General Andrés Gallegos, de la jefatura de zona santiago este.

Sin embargo, Gustavo Meneses conductor de un colectivo sostuvo que Daniel no se encontraba trabajando y como prueba de eso menciona que el vehículo no contaba con el letrero. «Si hubiese andado trabajando hubiese andado con letrero», señaló.

La dueña del vehículo, Patricia Cifuentes, informó que ella le habría facilitado el automóvil a Daniel para «pintar el capó y hacer trámites» y que este era un vehículo particular y que se encontraba en proceso para ser colectivo.

Heridos

Finalmente, resultaron heridos el cabo segundo Francisco Reyes Fuentes, atropellado; Daniel Venegas Venegas, conductor del automóvil en cuestión, herido de bala en el tórax, y; María Jacqueline Silva Rodríguez, transeúnte que resultó con herida de bala en el cráneo.

Patricia y Gustavo calificaron el proceder de carabineros como inadecuado. «Le hubieran disparado a los neumáticos (…) pero no al cuerpo de las personas, o sea a matar a una persona».

«Accidente no deseado»

«Estamos tremendamente conmovidos por esta situación, es una situación no esperada
originada por un delincuente que posee un vasto prontuario policial, varias causas por delito, no poseía licencia de conducir», dijo el General Gallegos por la repercusión que esto trajo a la transeúnte.

Y finalizó enfatizando que el «protocolo ante el uso de las armas está clarísimo. Aquí hay un delincuente que atacó a carabineros, utilizando su vehículo como un arma, atropellando y ocasionando lesiones graves a un carabinero. (…) y los carabineros hacen uso de sus armas ante una agresión inminente. La situación ocurrida con la señora es una situación lamentable, un accidente obviamente no deseado».

«Protegerán la vida humana»

Aunque su misión sustancial es cumplir y hacer cumplir la Ley, el uso de armas de fuego se ve restringido solo para cuando se encuentra en riesgo la vida y «para interrumpir una agresión», como se señala en la circular 1756, sobre el Uso de la Fuerza de Carabineros.

Dentro de los Principios Básicos sobre el Empleo de la Fuerza y de Armas de Fuego, se sostiene que «cuando el empleo de las armas de fuego sea inevitable», los funcionarios «ejercerán moderación y actuarán en proporción a la gravedad del delito» y «reducirán al mínimo los daños y lesiones y respetarán y protegerán la vida humana».

Eximente

En el Código de Justicia Militar, se especifica la normativa aplicable a funcionarios/as de carabineros. Incluyendo entre estas a las causales que eximen de responsabilidad penal a las y los funcionarios que hubiesen hecho uso de su arma «cuando no exista otro medio racional de cumplir la consigna recibid».

Entre los motivos que se encuentran la «defensa propia o en la defensa inmediata de un extraño al cual, por razón de su cargo, deban prestar protección o auxilio», «en contra del preso o detenido que huya y no obedezca a las intimaciones de detenerse» y «en contra de la persona o personas que desobedezcan o traten de desobedecer una orden judicial que dicho Carabinero tenga orden de velar».

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Carla Colombo

Periodista y comunicadora social en márketing. Vive en Maipú. Amante de la vida, los libros y los perros.

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