
La Segunda Sala de la Corte de Apelaciones de Santiago acogió un reclamo de ilegalidad presentado por el restaurante The Lux, ubicado en Avenida Pajaritos, a la altura del paradero 15 de Maipú, y dejó sin efecto el decreto mediante el cual la Municipalidad de Maipú rechazó la renovación de sus patentes de alcoholes en junio de 2025.
El Tribunal resolvió que “se acoge, sin costas, el reclamo de ilegalidad interpuesto por Restaurant The Lux S.P.A. en contra de la Ilustre Municipalidad de Maipú, sólo en cuanto se declara ilegal, por falta de debida motivación, el Decreto Alcaldicio”.
La Corte no ordenó renovar la patente de The Lux. Lo que ordenó fue que la Municipalidad de Maipú emita una nueva resolución debidamente fundamentada.
El origen del conflicto
La disputa se remonta al 19 junio de 2025, cuando el Concejo Municipal de Maipú votó la renovación semestral de patentes de alcoholes en la comuna. En esa sesión fueron aprobadas 529 patentes, pero quedaron fuera los locales Vittorio y The Lux.
En el caso de The Lux, la municipalidad expuso antecedentes relacionados con denuncias por ruidos molestos, realización de shows en vivo sin autorización comercial e instalación irregular de terrazas, además de observaciones vinculadas a estacionamientos e incivilidades reportadas en el entorno.
La renovación fue rechazada por siete votos del Concejo Municipal. Los concejales Juan Carlos Prado, Edison Aguilera y Karen Garrido votaron a favor de mantener la patente, argumentando que no existían sentencias condenatorias vigentes contra el local y que parte de los antecedentes correspondían a denuncias o procedimientos aún pendientes de resolución.
Durante el debate, Aguilera sostuvo que el concejo no debía reemplazar el rol de los tribunales, mientras que Prado señaló que algunas infracciones habían sido desestimadas por el Juzgado de Policía Local.
Lo que resolvió la Corte
En su presentación judicial, The Lux sostuvo que la decisión municipal se basó en antecedentes “incompletos, erróneos o insuficientemente individualizados” y que el decreto no detallaba específicamente los hechos atribuibles al establecimiento.
La Corte coincidió con ese planteamiento en cuanto a la fundamentación del acto administrativo. El fallo señala que el municipio no singularizó de manera concreta los informes utilizados, quién los emitió, sus fechas, contenido relevante ni la forma en que esos antecedentes se relacionaban con el local comercial. Además, indicó que no se acreditó adecuadamente la veracidad de parte de los reclamos utilizados para justificar la medida.
El tribunal precisó que la sentencia no cuestiona las atribuciones que tienen la Municipalidad de Maipú ni el Concejo Municipal para pronunciarse sobre la renovación de patentes de alcoholes, sino la forma en que se adoptó la decisión en este caso particular.
“La potestad fue ejercida sin exteriorizar de manera suficiente, específica y controlable los hechos y fundamentos de derecho que justificaban privar a la reclamante de la renovación solicitada”, señala la resolución judicial.
Por ello, la Corte declaró ilegal el decreto alcaldicio por falta de motivación y ordenó que la Municipalidad de Maipú emita un nuevo acto administrativo en el que se analicen y ponderen expresamente antecedentes concretos, específicos y verificables antes de resolver nuevamente la solicitud de renovación.




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