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Concejo Municipal de Maipú aprueba ordenanza sobre zonas preferentes para instalación de antenas

20 noviembre, 2015 | 12:28 pm por laBatalla

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Tiempo de lectura: 3 minutos

La mañana del viernes 20 de noviembre, por unanimidad, fue aprobada por el Concejo Municipal de Maipú la Ordenanza municipal de zonas preferentes para la instalación de torres soportes de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones en Bienes Municipales o Bienes Nacionales de Uso Público administrados por el municipio de la comuna de Maipú.

La ordenanza se aplica solo a la instalación de antenas sobre 12 metros en Bienes Nacionales de Uso Público y Bienes Municipales. Esto, dado que la ley no faculta a los municipios a regular la instalación de antenas en inmuebles particulares con normas complementarias que no sean las de la propia ley.

La ordenanza busca generar un desincentivo para el emplazamiento de torres soportes de antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones en inmuebles particulares, evitando conflictos en el vecindario.

De modo que la ordenanza establece lugares preferentes, pero no exclusivos, para que las empresas del rubro construyan torres soporte de antenas de más de 12 metros de altura en Maipú.

Zonas preferentes

Los lugares preferentes son:

a) Bandejón Central entre 5 de abril y Esquina Blanca, desde Segunda Transversal hasta Ferrocarril.
b) Costanera Sur Zanjón de la Aguada, desde Av. Cuatro Poniente hasta Av. Tres Poniente.
c) Avenida LAs Industrias, desde Av. Tres Poniente hasta Av. Lo Espejo.
d) Avenida Tres Poniente, desde Camino a Melipilla hasta Aillavilú.
e) Borde Norte Parque La Aguada (Pajonal).
f) Avenida Segunda Transversal, desde Costanera Sur Zanjón de la Aguada hasta Isabel Riquelme.
g) Avenida Lo Espejo, desde Camino a Melipilla hasta Camino a Lonquén.
h) Parque Municipal, Av. Portales S/N.
i) Estadio Bueras, Av. 5 de abril Nª 0700. En áreas fuera de equipamientos consolidados.
j) Plazoleta interior, Rotonda José Luis Infante Larraín.
k) Valle de Los Reyes, desde Agua Santa hasta Av. Portales; y desde Av. Portales hasta Alfredo Silva Carvallo (por área verde).
l) Predio Municipal de Pasaje La Unión Interior Lote 1 – Sinaí S/N Rol 946-57.
m) Predio Municipal, Av. San Martín Nª 3450 Vivero Municipal.
n) Presidente Kennedy Nª 3059.
0) Predio Emilia Prado Bazán Nª 5412 esquina Antonio Machado.
p) Predio Kilimanjaro s/n esquina Av. O’Higgins.
q) Área verde Los Magnolios esquina Thiare.
r) Triangulo entregado a Bien Nacional de Uso Público, esquina Huáscar con Av. Sur (costado Nor-Oriente).
s) Zonas Industriales, predios municipales insertos entre los ajes Avenida Tres Poniente, Camino a Melipilla, Av. Américo Vespucio y Camino a Lonquén.
t) Áreas de Infraestructura sanitaria (copas y estanques de agua Municipal).
u) Caleteras de autopistas de administración municipal.
v) Cubiertas o Techumbres. Edificio Consistorial, Av. PajaritosNª 2077 y Edificio SMAPA, Alberto Llona Nª 1807, Polideportivo Martín Vargas, en todos ellos, de preferencia en la parte más alta y sólida como cajas escalas cuando correponda.
w) Área verde calle Butachauque entre Meulin y pasaje Talcan.
x) Se permiten en todos los predios de propiedad municipal, inscritos en el CBR y que no presenten algunos de lo siguientes usos; educacional (colegios, jardines infantiles, salas cunas), salud (CESFAM, CECOF, SAPU, Hospital, SAR, CRS), centro de adulto mayor, además de otros Bienes nacionales de Uso Público de Administración Municipal no señalados en la presente ordenanza, previa autorización del alcalde o el Concejo Municipal, según corresponda en cada caso.

Tarifas

Semestralmente, se cobrarán las siguientes tarifas por derechos de uso:

Instalaciones de soporte antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones en Bienes Municipales y/o Bienes Naiconales de Uso Público que no sean copas de agua: 120 UTM, por derecho de uso.

Instalaciones de soporte antenas y sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones en Bien Municipal donde se encuentre emplazada una copa de agua: 180 UTM, por derecho de uso.

Instalaciones de sistemas radiantes de transmisión de telecomunicaciones en torres o instalaciones soporte de antenas ya existentes, sean estas en Bienes Nacionales de Uso Público, o Bienes MUnicipales: 90 UTM, por derecho de uso.

Votación

Votaron a favor:

Carol Bortnick y Carlos Jara (PPD), Mauricio Ovalle, Herman Silva, Abraham Donoso y Christian Vittori (PDC), Ariel Ramos (PC), Marcela SIlva (PS), Alejandro Almendares (RN) y Antonio Neme (Amplitud).

No asistió el concejal Marcelo Torres (RN).

laBatalla

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Categoría: Medioambiente, Noticias de Maipú

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