
La Cuarta Sala de la Corte Suprema dictó el 23 de enero de 2026 una sentencia de reemplazo en unificación de jurisprudencia que acogió parcialmente una demanda laboral presentada contra la Municipalidad de Maipú, reconociendo que el vínculo entre un trabajador a honorarios y el municipio fue de naturaleza laboral y que el despido indirecto invocado estuvo justificado.
El fallo, pronunciado en Santiago, estableció que la relación entre el trabajador y la Municipalidad de Maipú se extendió entre el 1 de noviembre de 2005 y el 9 de mayo de 2022. El tribunal determinó que la entidad edilicia no enteró cotizaciones de seguridad social durante ese período, lo que configuró un incumplimiento de obligaciones laborales y permitió acoger la acción judicial presentada.
A partir de esa conclusión, la sentencia ordenó al municipio pagar una indemnización sustitutiva de aviso previo por $533.307, una indemnización por once años de servicios por $5.866.377 y un recargo legal del 50% equivalente a $2.933.189. También dispuso el pago de feriado legal y proporcional por $426.646, además de las cotizaciones previsionales y de seguro de cesantía correspondientes a todo el período trabajado, es decir, cerca de $10 millones.
La resolución indicó que los montos deberán reajustarse e incorporar intereses una vez que el fallo quede ejecutoriado, conforme a lo establecido en el Código del Trabajo. Asimismo, se rechazó el resto de las pretensiones de la demanda y se determinó que cada parte asumirá sus propias costas.


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