
Por Nolberto Salinas, abogado
La Corte Suprema de Chile ordenó continuar una demanda laboral contra la Municipalidad de Maipú que había sido declarada caduca. El trabajador, contratado a honorarios, alegó —y la Corte acogió como cuestión previa— que antes de analizar el despido debía definirse si existió realmente una relación laboral. Con ello, el tribunal descartó aplicar el plazo breve del despido y sostuvo que corresponde el plazo general de dos años cuando la naturaleza del vínculo está en discusión.
El fallo no es un episodio aislado ni exclusivo de Maipú. Es un problema estructural del Estado de Chile. La escasez de plantas y contratas llevó por años a usar honorarios para cubrir funciones permanentes. Pero cuando hay horarios, jefaturas e instrucciones, el derecho del trabajo impone la primacía de la realidad: el contrato civil se desnaturaliza y emerge un verdadero contrato de trabajo.
En este contexto, el actual alcalde enfrentará un escenario judicial laboral similar al que debió afrontar la exalcaldesa Cathy Barriga, tras el despido masivo de funcionarios a honorarios. La diferencia es que hoy la jurisprudencia es más clara y exigente, lo que eleva significativamente el riesgo judicial y financiero para el municipio.
La consecuencia práctica es ineludible: Maipú no solo deberá enfrentar juicios, sino revisar de fondo su modelo de contratación y gestión de personal. Persistir en el uso de honorarios para funciones permanentes ya no es solo una mala práctica administrativa, sino una fuente directa de responsabilidad legal, presupuestaria y política.
En términos simples, y sin exagerar, literalmente se le viene la noche a Maipú. No por una decisión antojadiza de los tribunales, sino porque una forma de administrar el trabajo público llegó a su límite. La Corte no creó el problema; simplemente dejó claro que ya no hay espacio para seguir mirando hacia el lado.
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Abogado Consultor en materias de Derecho Administrativo, Derecho Urbanístico y Legislación Ambiental.

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