
La empresa había sido sancionada por remover más de 100 mil metros cúbicos de material sin evaluación ambiental, pero el Segundo Tribunal Ambiental concluyó que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) no logró acreditar correctamente la infracción por la que la multó.
Una historia ambiental que se arrastra por más de una década en Rinconada de Maipú
El Segundo Tribunal Ambiental dejó sin efecto la multa de 1.033 Unidades Tributarias Anuales (UTA), unos $875 millones, que la Superintendencia del Medio Ambiente (SMA) había aplicado a Minera Imperial SpA por sus faenas extractivas en el fundo La Rinconada de Lo Espejo, ubicado en Camino a Rinconada Km 7.

Los primeros antecedentes que dieron origen al procedimiento se remontan a 2013, cuando la Municipalidad de Maipú denunció las faenas ante la SMA.
El municipio volvió a presentar antecedentes en 2019 y 2022, mientras las operaciones de Minera Imperial continuaban en terrenos de la Estación Experimental Agronómica Germán Greve Silva de la Universidad de Chile.
Problemas en Liceo Reino de Dinamarca y en el Congreso

En marzo de 2023, el Liceo Municipal Reino de Dinamarca debió postergar el inicio de clases debido a problemas de contaminación ambiental en Rinconada.
Las faenas de Minera Imperial se desarrollaban en terrenos colindantes al establecimiento y las denuncias apuntaban a la presencia de material particulado, ruidos y vibraciones.

Un informe de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) motivó entonces el aplazamiento de las clases.
«Colindante con la Villa El Maitén y el Liceo Reino de Dinamarca, la Minera Imperial SpA extrae pumicita y minerales de uso industrial. Su propietario es Jorge Soto Ponce. Aledaña a la Población Joaquín Olivares, opera Comercial Savisa SpA, de Félix Santander Letelier, dedicada a la extracción y venta de áridos. Ambos empresarios no cuentan con permisos municipales para llevar a cabo dichas faenas, ni tampoco las han sometido al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA) para medir sus potenciales repercusiones en el medio ambiente. Y en sus vecinos.«
«Sólo una pandereta separa a la Minera Imperial del patio del Liceo Reino de Dinamarca, donde decenas de niños juegan a diario. Desde ese patio se extrajeron las muestras sólidas para elaborar dos informes de la Asociación Chilena de Seguridad (ACHS) que indicaron que la concentración de cuarzo fue de 3,7% en noviembre de 2022 y de 6,2% en marzo de 2023 (vea esos estudios).» señalaba una investigación publicada en CIPER.
La situación movilizó a apoderados, estudiantes, vecinos y dirigentes del sector y llegó incluso al Congreso.

La diputada por el Distrito 8 Viviana Delgado abordó el problema con el entonces ministro de Educación, Marco Antonio Ávila, en un episodio que alcanzó repercusión nacional después de que el secretario de Estado reaccionara a gritos ante la parlamentaria y posteriormente ofreciera disculpas.
Formulación de cargos contra Minera Imperial
Ese mismo mes, el 28 de marzo de 2023, la Superintendencia del Medio Ambiente formuló cargos contra Minera Imperial y otras sociedades relacionadas.
La acusación sostenía que se había ejecutado un proyecto de extracción de áridos con más de 100 mil metros cúbicos de material removido y una superficie superior a cinco hectáreas, sin contar con una Resolución de Calificación Ambiental (RCA), es decir, la autorización que determina ambientalmente si un proyecto puede ejecutarse y bajo qué condiciones. La infracción fue calificada como gravísima.

En agosto de 2024 apareció un antecedente que ahora resulta especialmente relevante.
El Servicio de Evaluación Ambiental (SEA) determinó que el proyecto debía ingresar obligatoriamente al Sistema de Evaluación de Impacto Ambiental (SEIA). Y lo hizo contemplando dos escenarios: si el material extraído correspondía a áridos, debía evaluarse bajo una determinada causal; si no era árido, también debía ingresar, pero bajo otra tipología correspondiente a proyectos de desarrollo minero.
Finalmente, el 30 de enero de 2025, la SMA sancionó a Minera Imperial con 1.033 UTA.
En ese momento, la Municipalidad de Maipú valoró públicamente la decisión y recordó las denuncias que había presentado desde 2013, señalando que continuaría aportando antecedentes para evitar que la empresa volviera a operar en la comuna.
Por qué cayó la multa
Minera Imperial recurrió al Segundo Tribunal Ambiental en febrero de 2025 y sostuvo, entre otros argumentos, que el material extraído no correspondía a áridos, sino a pumicita, un mineral de origen volcánico respecto del cual existen concesiones mineras.
“En efecto, siendo la pumicita [material respecto del cual la empresa es titular de concesión minera] un mineral silíceo aluminoso de origen volcánico, como tal es una sustancia mineral concesible, susceptible de constituir respecto a ella pertenencia minera, y, por tanto, se encuentra sujeta al régimen del Código de Minería”, detalla la sentencia.
Ese punto terminó siendo determinante.
El Tribunal constató que existían dos informes del Servicio Nacional de Geología y Minería (Sernageomin), elaborados en 2005 y 2011, que entregaban conclusiones distintas sobre la naturaleza y composición del material extraído.
Frente a esa contradicción, determinó que la SMA no reunió evidencia suficiente y actualizada ni justificó adecuadamente por qué otorgó mayor valor a uno de esos antecedentes.
También concluyó que la Superintendencia interpretó erróneamente el Código de Minería respecto de la pumicita y que pudo realizar diligencias adicionales para determinar qué material estaba siendo efectivamente explotado antes de aplicar la sanción.
En consecuencia, no quedó suficientemente acreditado que Minera Imperial estuviera desarrollando específicamente la extracción industrial de áridos que la SMA le imputó.
Por esa razón, en su sentencia del 30 de septiembre de 2026, el Segundo Tribunal Ambiental acogió la reclamación y dejó sin efecto la multa de aproximadamente $875 millones.





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