
La sanción, a beneficio fiscal, fue impuesta por la Corte de Apelaciones de Santiago luego de establecer que el supermercado de avenida Pajaritos incumplió su deber de seguridad. El robo ocurrió en noviembre de 2021.
El supermercado Líder, ubicado en avenida Pajaritos 2689, en Maipú, deberá pagar una multa de 50 unidades tributarias mensuales (UTM) a beneficio fiscal, equivalentes a aproximadamente $3,6 millones por el robo de un vehículo desde su estacionamiento subterráneo.
La sanción fue impuesta a la empresa Administradora de Supermercados Hiper Líder Ltda. por la Corte de Apelaciones de Santiago, mediante una sentencia dictada el 16 de octubre de 2026.
El hecho ocurrió el 20 de noviembre de 2021, cuando un cliente estacionó su vehículo Chevrolet blanco, año 2021, aproximadamente a las 15:30 horas.
Luego de efectuar una compra en una heladería del centro comercial, regresó cerca de 20 minutos después y descubrió que su automóvil había sido robado.
El afectado presentó un reclamo en el establecimiento y denunció lo ocurrido ante la 25ª Comisaría de Carabineros de Maipú.
Posteriormente, el Servicio Nacional del Consumidor (SERNAC) interpuso una querella infraccional contra la administradora del supermercado.
En noviembre de 2022, el Segundo Juzgado de Policía Local de Maipú rechazó inicialmente la denuncia.
Sin embargo, el SERNAC apeló y la Corte de Apelaciones de Santiago revocó esa decisión, estableciendo que la empresa había incumplido las obligaciones de seguridad contempladas en la Ley de Protección de los Derechos de los Consumidores.
Durante el proceso, la administradora argumentó que el estacionamiento era gratuito y que disponía de guardias permanentes y cámaras de vigilancia. No obstante, el tribunal determinó que la sola existencia de estas medidas no acreditaba una protección suficiente para los consumidores.
La sentencia también precisó que la responsabilidad del supermercado por la seguridad de sus estacionamientos no depende de que estos sean pagados o gratuitos, ni de que el cliente efectivamente realice compras dentro del local.
Por estos antecedentes, la justicia impuso una multa única de 50 UTM, que deberá ser pagada al Estado, a beneficio fiscal, dentro de los cinco días hábiles siguientes a que la sentencia quede firme.
La resolución no establece en su parte resolutiva una indemnización económica para el propietario del vehículo. El fallo corresponde a la causa rol 2.746-2023 y fue difundido por el Poder Judicial el 20 de octubre.






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